Seguro para patinetes o VPL sin matrícula en 2026
Ya tenemos disponible un seguro para patinetes eléctricos adaptado a la nueva “Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor” para que puedas disfrutar de tu VPL con tranquilidad.
Recuerda que desde el 26 de enero de 2026, es obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para determinados patinetes eléctricos según la nueva ley 5/2025, nos referimos a los de más de 25 kg y con velocidad superior a 14 km/h, ya que son considerados vehículos a motor.
Podemos dar un seguro para patinetes o VPL incluso antes de que el registro de la DGT esté operativo, solo deberás matricular el vehículo y comunicarlo a Cascudo Correduría de Seguros.
¿Cuándo es obligatorio el seguro para patinetes eléctricos?
Cuando la Dirección General de Tráfico (DGT) habilite el proceso de registro, será imprescindible que los patinetes homologados gestionen su matriculación y cuenten con el seguro obligatorio para la circulación.
El objetivo de la normativa es reforzar la protección de peatones, ciclistas y otros usuarios de la vía, así como garantizar una correcta cobertura ante daños personales y materiales.
Tipos de patinetes eléctricos y obligación de seguro
Tipo A – VPL (Vehículos Personales Ligeros)
Con la entrada en vigor de la nueva Ley se hace una importante ampliación de las garantías de responsabilidad civil, que en el caso de los VPL (vehículo personal ligero) alcanza importes de 6.450.000 euros por siniestro para daños personales (daños a peatones, ciclistas u otros usuarios) y 1.300.000 euros por siniestro para daños materiales (daños a bienes o vehículos, como coches, bicis u otros patinetes).
También tienes la posibilidad de contratar coberturas complementarias adicionales:
– Protección Jurídica: Defensa penal y fianzas, defensa de infracciones administrativas de tráfico, reclamación de daños y asesoramiento jurídico telefónico.
– Seguro Personal de Accidentes
- Fallecimiento
- Invalidez permanente
- Gastos médico-farmacéuticos
- Gastos de hospitalización
– Responsabilidad Civil adicional de contratación voluntaria. Te ofrece cobertura en algunos supuestos no recogidos por el seguro obligatorio, como puede ser el incendio.
Tipo B – Vehículos de movilidad personal considerados vehículos a motor
Por otro lado, los vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25kg y velocidad superior a 14 km/h son considerados por la ley 5/2025 vehículos a motor, por lo que tendrán la obligación de circular con seguro a partir del próximo 26 de enero.
En este caso, la ley ha establecido garantías de responsabilidad civil con un capital asegurado de:
- 70 millones de euros de cobertura para los daños corporales (daños a peatones, ciclistas u otros usuarios).
- 15 millones de euros para los daños materiales (daños a bienes o vehículos, como coches, bicis u otros patinetes).
Cómo contratar tu seguro obligatorio de patinete con Cascudo
En Cascudo Correduría de Seguros te ayudamos a encontrar el seguro de patinete eléctrico que mejor se adapta a tu vehículo y a la nueva normativa.
Tenemos el mejor seguro para tu patinete eléctrico. Contáctanos online en Cascudo Correduría de Seguros o visítanos en nuestras oficinas de Narón, A Coruña, Vigo, Pontevedra, Nigrán o Ribadumia para asesorarte y ofrecerte la mejor opción.