Se pospone el seguro obligatorio de patinetes eléctricos

La DGT ha emitido un comunicado el 23 de diciembre de 2025, indicando que todavía se está tramitando el Real Decreto que dará cobertura jurídica a la inscripción de los vehículos de movilidad personal (VMP) en Tráfico. En él se indica que no será posible su aprobación antes del 2 de enero, que era la fecha prevista para su entrada en vigor.
Por este motivo, de momento, NO será obligatorio asegurar ni registrar tu patinete, a menos que tenga ciertas características.
Los VMP que pesen más de 25 kg y superen los 14 km/h sí tienen que estar asegurados, sin necesidad de registro previo, como máximo antes del 26 de enero, según la Ley 5/2025.
Para el resto de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, mientras se tramita esta regulación y hasta que el registro de la DGT no esté operativo para hacer la inscripción, no será necesario asegurar los patinetes.
Seguro obligatorio para patinetes eléctricos o VMP
La normativa clave que afecta a los patinetes eléctricos, la Ley 5/2025 de 24 de julio, establece la obligatoriedad de:
- Disponer seguro de responsabilidad civil para Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
- Uso de placa identificativa.
- Registro previo en la DGT.
El objetivo principal de que sea obligatorio el seguro de monopatín eléctrico es cubrir daños materiales y personales a terceros que puedan producirse al utilizar este tipo de vehículos.
La normativa considera que los Vehículos de Movilidad Personal, o VMP, son patinetes eléctricos, segways, hoverboards y monociclos eléctricos que se usan para la movilidad urbana.
No necesitan seguro estos VMP
- Las sillas de ruedas motorizadas NO serán obligatorias de seguro de RC en 2026. La nueva normativa de la Ley 5/2025, que entra en vigor el 2 de enero de 2026, excluye explícitamente las sillas de ruedas por considerarlas ayudas técnicas.
- Las bicicletas con motor que alcanzan una velocidad máxima de 25km/h se consideran bicicletas convencionales y no tienen obligación de contratar un seguro.
Tienen obligación de seguro, aunque no entran en la normativa de VMP:
- Las bicicletas eléctricas que alcanzan los 45 km/h. Son las llamadas speed pedelecs, es decir, las e-bikes más potentes que pueden alcanzar hasta 45 km/h. Desde el 1 de enero de 2026, pasan a clasificarse como ciclomotores, así que están obligadas a llevar matrícula, registro en la DGT y seguro obligatorio.
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